La Internacional de la Educación está llevando a cabo un Proyecto de investigación a los efectos de analizar lo que ocurre a escala mundial con respecto al tratamiento de la Inteligencia Artificial (IA) en las políticas educativas y en las negociaciones colectivas de las y los docentes.
Esta investigación está siendo coordinada por profesores de la Universidad de Londres y de Nottingham y desde CTERA hemos participado respondiendo una serie de preguntas y planteos que nos permitirán ser parte de un estudio comparativo y, en función de esto, poder contar con más elementos analíticos a la hora de tomar definiciones sindicales sobre la problemática.
Desde nuestra organización hemos planteado que el tema de la IA se comenzó a considerar como una preocupación a partir de la posibilidad de pérdida de puestos de trabajo tanto en el sector docente como en otros sectores de trabajadores ya que fue una preocupación también presentada en el marco de la Central de Trabajadores (CTA). El problema concreto estaría dado por la posible pérdida de puestos de trabajo que serían reemplazados por IA. También la preocupación surgió a partir del posible reemplazo del vínculo docente-alumno por el uso de la IA y cómo esto podría afectar el desarrollo del pensamiento lógico entre los estudiantes.
Asimismo, hemos definido la necesidad de contar con marcos normativos que garanticen el uso democrático, justo y responsable de la IA. Antes de incluir a la IA en el trabajo docente y en el uso de las actividades educativas de manera formal es necesario contar con regulaciones de carácter ético y pedagógico para el uso adecuado y responsable de esta tecnología. Marcos normativos que protejan y aseguren las condiciones necesarias para realizar el trabajo de enseñar sin lesionar garantías y derechos laborales adquiridos.
Es necesario garantizar la instancia de la Paritaria Nacional Docente para el tratamiento de este tema respecto y prevenir las posibles consecuencias negativas que podría traerde la inclusión de la IA en los puestos y en los procesos de trabajo docente.
Los marcos normativos deben garantizan la protección de los datos personales; como así también definir la adhesión a la declaración del vínculo docente-alumno como patrimonio intangible de la humanidad. Marcos normativos en cuidado del impacto ambiental (huella de carbono, uso del agua que requieren los centros datos), preventivos de los sesgos de culturas, género, etnias, diversidades, lenguajes.
Los convenios colectivos pueden ofrecer garantías estableciendo en los mismos los acuerdos necesarios para contar con las condiciones dignas para enseñar y para que el trabajo docente no sea perjudicado a través del intento de reemplazar a las y los trabajadores por plataformas digitales que rompan el vínculo docente-alumno. Los acuerdos pueden asegurar que ningún puesto de trabajo pueda ser reemplazado por una plataforma o programa de IA ni por un profesor/a creado por IA.
En los convenios colectivos y también en los marcos normativos generales deberían establecerse las regulaciones que impidan el avance de las grandes corporaciones tecnológicas que fomentan la mercantilización de la educación, las desigualdades y la especulación financiera.
Estos también deberían establecer las bases para el financiamiento educativo suficiente, que garantice los recursos económicos para la provisión de dispositivos, equipamientos, herramientas, conectividad, puestos de trabajo, y formación adecuada, con criterios de cobertura universal e igualdad en el acceso, tanto para docentes como para estudiantes.






