Once represores condenados por crimenes de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo

Ayer se dio a conocer la sentencia por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el Campo de Mayo, la guarnición militar que funcionara como Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio durante la última dictadura cívico militar.
El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, integrado por Daniel Cisnero, Daniel Petrone y presidido por Héctor Sagretti, condenó a prisión perpetua a cinco de los once imputados: Riveros, Bignone y los máximos responsables de la zona, en juicio por primera vez; Luis Sadi Pepa y Eduardo Corrado, directores de la Escuela de Comunicaciones del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo, y el ex Teniente Carlos Macedra, uno de los represores más simbólicos de este juicio, autor del disparo que mató por la espalda a María Florencia «Kitty» Villagra, de la UES. Los otros cuatro acusados recibieron penas de entre 16 y 25 años. Los apropiadores de la nieta Catalina de Sanctis Ovando, Carlos del Señor Hildalgo Garzón, oficial de Inteligencia del Batallón 601, y María Francisca Morillo fueron condenados a 15 y 12 años respectivamente.Riveros y Bignone, los jefes máximos del área, recibieron perpetuas por allanamiento ilegal, robo agravado, privación ilegal de la libertad, tormentos y por los homicidios de Kitty Villagra y Domingo García, el esposo de Beatriz Recchia, la madre de Juliana y embarazada cuando la secuestraron. Otro de los grupos de represores condenados por primera vez y como autores directos fueron quienes actuaron dentro del centro clandestino «El Campito» de Campo de Mayo. Entre ellos están los gendarmes Julio San Román, alias «Cacho», y Hugo Miguel Castagno Monge, alias «Yaya». Con ellos fue condenado Carlos Eduardo José Somoza, alias el «Gordo 2», oficial de inteligencia del Ejército, uno de los interrogadores-torturadores más violentos de ese CCDTyE centro clandestino. El tribunal condenó a los gendarmes a 20 años de prisión y a Somoza a 25 años por la condición de torturador. Los tres fueron juzgados por los siete casos de mujeres embarazadas, secuestradas con sus compañeros, que dieron a luz en cautiverio y permanecen desaparecidas.

En la causa fue querellante Laura Catalina de Sanctis Ovando, quien nació en ese CCDTyE en el cautiverio de su madre, Myriam Ovando, y cuya identidad fuera restituida en 2008. Tras la lectura de la sentencia, Catalina manifestó su satisfacción y expresó: «Agradezco a mis abuelos que me buscaron toda la vida; la sociedad tiene que entender que la apropiación no es un gesto de amor».

Desde esta Secretaría, expresamos nuestro beneplácito ante el fallo que condenó a 11 genocidas y brindó justicia sobre el asesinato de los padres de Laura Catalina, y su apropiación.


Rogelio De Leonardi
Secretario de Derechos Humanos
CTERA